Existen algunos principios naturales para los procedimientos judiciales:
1) Todo sufrimiento tiene una causa o razón de ser (karma)
2) Todo sufrimiento ha sido provocado por alguien (personalismo)
Por ejemplo:
1) Toda muerte ha sucedido por algo (reacciones a acciones del difunto)
2) Toda muerte ha sido provocada por alguien (incluso los supuestos accidentes, pero eso muchas veces escapa a los alcances de la justicia de mano derecha o legal, visible)
Además, propondremos ciertas modificaciones a los principios fundamentales por los cuales se rige la Justicia hoy en día:
Partiendo de la existencia de pares de opuestos en todas las relaciones sociales (más un neutro o sea un trío), diremos que:
1) Siempre que exista evidencia consensuada por un par de jueces contrapuestos y complementarios, el acusado se presume culpable hasta que él demuestre lo contrario.
2) “El que calla otorga”: si el acusado guarda silencio, se está declarando a sí mismo culpable.
3) "Todo lo que el acusado hable podrá ser usado a su favor". Si el acusado colabora con la Justicia, se le disminuirá la pena e incluso se lo exonerará.
Al frente de la re-evolución de conciencia. Extensión de La Central del Sur. Temas más específicos y concretos.
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domingo, 23 de febrero de 2014
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